Qué es el modelo 303 y quién está obligado a presentarlo en 2026
El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA que deben presentar ante la Agencia Tributaria todos los empresarios y profesionales que realicen actividades económicas sujetas a este impuesto en España.
Están obligados a presentarlo:
- Autónomos en estimación directa o módulos que emitan facturas con IVA
- Sociedades limitadas, sociedades anónimas y otras personas jurídicas
- Comunidades de bienes y sociedades civiles con actividad empresarial
- Arrendadores de inmuebles sujetos a IVA
- Promotores inmobiliarios
Quedan exentos de presentarlo (o presentan declaración negativa):
- Profesionales exentos de IVA por el artículo 20 de la Ley 37/1992 (médicos, dentistas, enseñanza reglada, servicios financieros, etc.)
- Autónomos acogidos al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia que no realicen otras actividades sujetas
- Autónomos en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGYP)
Novedad 2026: Si tu software de facturación ya está adaptado a VeriFactu o al sistema SII (Suministro Inmediato de Información), algunos datos del modelo 303 se pueden rellenar automáticamente desde los registros de facturas enviados en tiempo real a la AEAT. Esto reduce errores, pero no te exime de revisar cada casilla antes de presentar.
Plazos para presentar el modelo 303 en 2026
El modelo 303 se presenta cuatro veces al año, uno por cada trimestre natural. Los plazos en 2026 son los siguientes:
1.er trimestre (enero-marzo): del 1 al 20 de abril de 2026 2.º trimestre (abril-junio): del 1 al 20 de julio de 2026 3.er trimestre (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre de 2026 4.º trimestre (octubre-diciembre): del 1 al 30 de enero de 2027
Si el último día del plazo cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo se extiende al siguiente día hábil.
Declaración con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria: debes presentarla 5 días antes del fin del plazo ordinario (es decir, hasta el 15 de abril, 15 de julio y 15 de octubre para los tres primeros trimestres, y hasta el 25 de enero para el cuarto).
¿Qué pasa si presentas fuera de plazo?
- Si presentas antes de recibir requerimiento: recargo del 1 % por cada mes completo de retraso (máximo 15 % superados 12 meses)
- Si presentas tras requerimiento de Hacienda: sanción del 50 % al 150 % de la cuota, según si hubo ocultación o no
- Presentación en plazo con resultado a cero o negativo sin actividad: sin sanción económica, pero puede haber multa fija de 200 € por no presentar en plazo declaraciones sin actividad
Consejo: Programa un recordatorio en tu calendario el día 10 de cada mes de presentación. Así tienes margen para revisar y domiciliar si lo necesitas.
Cómo rellenar el modelo 303 paso a paso: las casillas clave
El modelo 303 se divide en varios bloques. A continuación se explican los más relevantes y los errores más comunes en cada uno.
Bloque 1 – Identificación y período Introduce tu NIF, nombre o razón social, el ejercicio (2026) y el período (1T, 2T, 3T o 4T). Si marcas el período incorrecto, la declaración quedará mal imputada aunque los números sean correctos.
Bloque 2 – IVA devengado (casillas 01 a 09) Aquí declaras las ventas e ingresos del trimestre:
- Casilla 01: Base imponible de operaciones al tipo general del 21 %
- Casilla 02: Cuota de IVA resultante (casilla 01 × 21 %)
- Casilla 03: Base imponible al tipo reducido del 10 %
- Casilla 04: Cuota al 10 %
- Casilla 05: Base imponible al tipo superreducido del 4 %
- Casilla 06: Cuota al 4 %
Novedad 2025-2026: Los alimentos básicos recuperaron el tipo del 4 % a partir del 1 de enero de 2025 tras el período de rebajas de IVA aplicado durante 2023-2024. El aceite de oliva tributa de nuevo al 4 % y la pasta y harinas al 4 %. Comprueba que las facturas de compra y venta de estos productos reflejan el tipo correcto.
- Casilla 10: IVA devengado en adquisiciones intracomunitarias de bienes
- Casilla 11: Cuota de inversión del sujeto pasivo (ISP): si eres el destinatario y debes autoliquidar el IVA (construcción, entregas de inmuebles en renuncia a exención, etc.)
Total IVA devengado = suma de todas las cuotas (casilla 27)
Bloque 3 – IVA deducible (casillas 28 a 44) Aquí declaras el IVA soportado en tus compras y gastos:
- Casilla 28: Base imponible de compras corrientes de bienes y servicios
- Casilla 29: Cuota deducible
- Casilla 30 y 31: Importaciones de bienes corrientes
- Casilla 32 y 33: Adquisiciones intracomunitarias de bienes
- Casilla 36 y 37: Bienes de inversión (maquinaria, vehículos, equipos, etc.)
Error frecuente: Deducir el 100 % del IVA de un vehículo turismo cuando la norma presume un uso empresarial del 50 % salvo prueba en contrario. Deduce solo el 50 % de la cuota si no puedes acreditar uso exclusivo profesional.
Total IVA deducible (casilla 45)
Bloque 4 – Resultado de la liquidación
- Casilla 46: Diferencia entre IVA devengado y deducible (casilla 27 - casilla 45)
- Casilla 65: IVA pendiente de compensar de trimestres anteriores (resultado negativo arrastrado)
- Casilla 69: Porcentaje de atribución si tributas en territorio común y foral
- Casilla 71: Resultado final a ingresar, compensar o devolver
Si la casilla 71 es positiva, pagas. Si es negativa, puedes compensar en el siguiente trimestre o, solo en la declaración del 4.º trimestre, solicitar la devolución marcando la casilla correspondiente.
Cómo presentar el modelo 303 en la sede electrónica de la AEAT
Desde 2023 la presentación en papel ha quedado prácticamente eliminada para la mayoría de obligados. En 2026 la presentación es exclusivamente telemática para empresas y mayoritaria para autónomos.
Paso 1 – Accede a la sede electrónica Entra en sede.agenciatributaria.gob.es e identifícate con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve (PIN o permanente).
Paso 2 – Localiza el modelo 303 Ve a: Trámites destacados → Presentación de declaraciones → IVA → Modelo 303.
Paso 3 – Rellena o importa los datos Puedes introducir los datos manualmente o importar un fichero en formato BOE si tu software de contabilidad lo genera (Holded, Contasimple, QuickBooks, A3, Sage, etc.).
Paso 4 – Valida y simula Usa el botón "Validar" antes de firmar. El formulario detecta errores aritméticos y casillas obligatorias vacías. Si la declaración es correcta, haz clic en "Vista previa" para revisar el PDF.
Paso 5 – Firma y presenta Firma con tu certificado o Cl@ve. Recibirás un número de referencia (CSV) y el justificante de presentación en PDF. Guárdalo: es tu prueba legal.
Paso 6 – Pago si el resultado es a ingresar
- Domiciliación: indica el IBAN durante la presentación. El cargo se efectúa el último día del plazo.
- Pago electrónico (NRC): obtén el Número de Referencia Completo en tu banco online antes de presentar y anótalo en la casilla de pago.
- Pago en entidad colaboradora: en ventanilla del banco con el modelo impreso y referencia.
¿Puedo presentarlo un gestor o asesor en mi nombre? Sí, mediante apoderamiento o colaboración social. El asesor necesita que le hayas apoderado en la sede de la AEAT o que esté inscrito en el Registro de Colaboradores Sociales. Desde puli.es puedes delegar la presentación de todos tus modelos trimestrales sin moverte de casa.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 303 en 2026
¿Tengo que presentar el 303 si no he tenido actividad en el trimestre? Sí. Si estás dado de alta en el censo de empresarios (modelo 036/037), debes presentar el modelo 303 aunque sea con todas las casillas a cero. Se llama declaración negativa o sin actividad. No presentarla puede acarrear una sanción fija de 200 €.
¿Qué hago si me sale a devolver? En los tres primeros trimestres solo puedes compensar el saldo negativo con el IVA a pagar del siguiente período (se arrastra en la casilla 65). Solo en el 4.º trimestre puedes pedir la devolución marcando la casilla de solicitud de devolución. La AEAT tiene 6 meses para devolverte; si no lo hace en ese plazo, te abona intereses de demora.
¿Puedo rectificar un 303 ya presentado? Sí, mediante una declaración complementaria (si has declarado menos de lo que debías, añade la diferencia y pagas el recargo correspondiente) o mediante una solicitud de rectificación (si has pagado de más, la AEAT comprueba y devuelve). No uses una declaración complementaria para corregir errores a tu favor: en ese caso hay que usar el procedimiento de rectificación.
¿Cómo afecta VeriFactu al modelo 303? VeriFactu, el sistema de facturación verificada obligatorio de forma escalonada desde 2025-2026, genera un registro de facturas en tiempo real que la AEAT puede cruzar con tu 303. Si tus facturas emitidas no cuadran con lo declarado, Hacienda puede iniciar una comprobación. La ventaja: si usas software homologado VeriFactu, los datos de IVA devengado estarán ya calculados y será más difícil cometer errores de suma.
¿Los autónomos en módulos presentan el 303? Los autónomos en estimación objetiva (módulos) que también estén en el régimen simplificado de IVA presentan el modelo 303, pero con una mecánica diferente: pagan cuotas trimestrales calculadas por módulos (no por facturas reales) y en el 4.º trimestre regulariza con las operaciones reales del año. Si solo tienes actividades agrícolas en REAGYP, no presentas 303.
¿Cuánto tiempo debo conservar la documentación del 303? La normativa fiscal general exige conservar libros, facturas y justificantes durante 4 años (plazo de prescripción general). No obstante, si hay bases imponibles negativas pendientes de compensar o deducciones de bienes de inversión en curso, el plazo se amplía hasta que se agoten dichas bases o deducciones, con un máximo de 10 años para los bienes de inversión.
