Qué cambia exactamente
Hoy puedes emitir una factura con casi cualquier herramienta, incluida una hoja de cálculo o un documento de texto. Con VeriFactu eso deja de valer: cada factura debe generarse desde un sistema informático que cumpla el reglamento.
- Cada factura genera un registro electrónico firmado y encadenado con el anterior.
- Ese registro no se puede modificar ni borrar. Un error se corrige con una rectificativa, nunca editando la original.
- La factura incorpora un código QR que permite verificarla.
- El sistema conserva un registro de eventos: quién hizo qué y cuándo.
Quién queda fuera
El reglamento no alcanza a todo el mundo. Quedan al margen quienes tributan en los regímenes forales con su propio sistema —País Vasco con TicketBAI y Navarra—, quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII), y las operaciones sin obligación de facturar.
Estar exento de IVA no te libera: la obligación depende de que emitas facturas, no del régimen de IVA en el que estés.
¿Y si facturo muy poco?
No hay umbral mínimo. La norma no distingue por volumen de facturación: si emites facturas por una actividad económica y no estás en ninguna de las excepciones, te aplica igual que a una empresa grande.
Sí hay una diferencia práctica: cuanto menos factures, más sencilla y barata será la herramienta que necesites.
Las dos modalidades
El reglamento admite dos formas de cumplir. En modalidad VeriFactu, el sistema remite cada registro a la Agencia Tributaria de forma automática en el momento de emitir. En modalidad no VeriFactu, los registros se conservan localmente con requisitos más estrictos de firma electrónica y conservación, y se ponen a disposición de Hacienda cuando los pida.
Para un autónomo, la modalidad con remisión suele ser la opción sensata: traslada la carga técnica al proveedor del software y evita tener que custodiar y firmar los registros por tu cuenta.