Normativa fiscalMayo de 2026·7 min de lectura

Tarifa plana autónomo 2026: cuánto pagas y cómo pedirla

Darte de alta como autónomo tiene un coste inicial que frena a muchos, pero la tarifa plana existe exactamente para amortiguar ese golpe durante los primeros meses. Aquí tienes los requisitos exactos, cuánto pagarás cada trimestre y qué pasos seguir para no perder la bonificación por un error evitable.

Qué es la tarifa plana para autónomos y cuánto es en 2026

La tarifa plana para autónomos es una bonificación sobre la cuota de cotización a la Seguridad Social pensada para reducir el coste de arranque durante los primeros meses de actividad. No es una exención total, sino una cuota reducida fija que se aplica con independencia de los ingresos reales que declares.

En 2026, la tarifa plana se mantiene en 80 euros al mes durante los primeros 12 meses desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta cifra lleva vigente desde la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, regulado por el Real Decreto-ley 13/2022, que reformó en profundidad cómo cotizan los autónomos en España.

Pasado el primer año, existe la posibilidad de ampliar la bonificación otros 12 meses adicionales si se cumplen dos condiciones simultáneas:

  • Que los rendimientos netos previsibles durante ese segundo año sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Que el autónomo no haya superado los ingresos del SMI en el año anterior.

En ese segundo tramo, la cuota también se mantiene en 80 €/mes, lo que supone un período máximo de bonificación de hasta 24 meses.

Conviene aclarar que los 80 € cubren exclusivamente la cotización por contingencias comunes y profesionales en la base mínima del tramo más bajo del sistema de ingresos reales. Si el autónomo opta voluntariamente por una base de cotización superior, la bonificación se aplica sobre la diferencia con la base mínima, pero el exceso lo paga íntegro.

En términos prácticos, sin tarifa plana, un autónomo que prevea ganar menos de 670 € netos al mes pagaría en 2026 una cuota de 225 euros mensuales (el tramo más bajo del sistema de ingresos reales). Con la tarifa plana, esa cuota queda en 80 €, un ahorro de 145 € al mes, o lo que es lo mismo, más de 1.700 € a lo largo del primer año.

Requisitos para acceder a la tarifa plana en 2026

No todos los nuevos autónomos pueden acogerse a la tarifa plana. La Seguridad Social establece una serie de condiciones que deben cumplirse en el momento de solicitar el alta en el RETA. Incumplir cualquiera de ellas implica quedar fuera de la bonificación desde el primer día.

Condiciones obligatorias:

  • No haber estado dado de alta en el RETA en los últimos 2 años. Si causaste baja como autónomo hace menos de 24 meses, no tienes derecho a la tarifa plana. El plazo se amplía a 3 años si ya disfrutaste de esta bonificación en un alta anterior.
  • No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda en el momento del alta. Una deuda activa bloquea el acceso a cualquier bonificación.
  • No ser autónomo colaborador. Los familiares del autónomo que coticen como colaboradores tienen su propio régimen de bonificaciones y no acceden a la tarifa plana general.
  • Solicitar el alta como trabajador por cuenta propia por primera vez, o haber transcurrido el período mínimo de 2 años desde la última baja (o 3 si ya disfrutaste antes de la bonificación).

¿Qué pasa con los autónomos societarios?

Los administradores de sociedades que coticen en el RETA pueden acogerse a la tarifa plana bajo las mismas condiciones, siempre que cumplan los requisitos anteriores y la actividad de la sociedad sea nueva. No obstante, este punto genera consultas frecuentes a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), por lo que conviene confirmarlo directamente antes del alta.

¿Y si me doy de baja y vuelvo a darme de alta dentro del mismo año?

El contador no se reinicia. Si disfrutaste de la tarifa plana durante, por ejemplo, 6 meses y causas baja voluntaria, al reincorporarte antes de los 2 años no recuperas los meses restantes ni accedes a una nueva bonificación.

Cómo solicitar la tarifa plana paso a paso

La buena noticia es que la tarifa plana no requiere un trámite separado. Se solicita en el mismo momento del alta en el RETA y la propia Seguridad Social la aplica automáticamente si cumples los requisitos. Aun así, conviene seguir estos pasos con cuidado para no cometer errores que retrasen o anulen la bonificación.

Paso 1: Alta en Hacienda antes del alta en la Seguridad Social

Aunque técnicamente no hay un orden legal obligatorio, la práctica recomendada —y la que evita problemas con Hacienda— es presentar el modelo 036 o 037 ante la Agencia Tributaria antes de tramitar el alta en el RETA. En ese modelo declaras el epígrafe del IAE correspondiente a tu actividad y la fecha de inicio.

Paso 2: Alta en el RETA a través de la TGSS

Accede al portal Import@ss de la Seguridad Social (importass.seg-social.es) con tu certificado digital, DNI electrónico o cl@ve. Dentro del apartado de trabajadores autónomos, selecciona "Alta en el RETA". Durante el proceso, el sistema te preguntará si deseas acogerte a la cuota reducida por inicio de actividad. Marca esa opción.

Paso 3: Elige tu base de cotización

En el mismo formulario de alta deberás indicar tu base de cotización, que condicionará tus prestaciones futuras (incapacidad temporal, cese de actividad, jubilación). Con la tarifa plana pagas siempre 80 €, pero la base elegida influye en el nivel de cobertura.

Paso 4: Guarda el justificante

Una vez completado el alta, descarga y conserva el documento de confirmación. Es tu prueba de que la bonificación fue solicitada correctamente.

Fechas a tener en cuenta:

  • El alta en el RETA debe coincidir o ser posterior al alta en Hacienda.
  • Si te das de alta a mitad de mes, ese mes se cobra de forma proporcional, incluida la tarifa plana.
  • La TGSS emite el primer recibo de 80 € en los días siguientes al alta.

Una vez activa como autónomo, herramientas como puli.es te ayudan a emitir tus primeras facturas y llevar el control de ingresos desde el día uno, algo especialmente útil cuando debes justificar tus rendimientos netos de cara al segundo año de bonificación.

Qué ocurre cuando termina la tarifa plana

El fin de la tarifa plana es un momento crítico que muchos autónomos afrontan sin haberlo planificado. La cuota pasa de 80 € a la que corresponda según el tramo de ingresos reales en el que te encuentres, lo que puede suponer un incremento notable de golpe.

El sistema de tramos por ingresos reales en 2026

Desde la reforma de 2023, los autónomos cotizan en función de sus rendimientos netos anuales. Al terminar la tarifa plana, la Seguridad Social te asignará el tramo que hayas declarado en tu previsión de ingresos. Los tramos van desde los 225 €/mes para rentas netas inferiores a 670 €/mes hasta cuotas superiores a 530 €/mes para ingresos por encima de 6.000 €/mes.

La regularización anual es clave: si durante el año cobraste más o menos de lo previsto, a final de ejercicio la TGSS cruza datos con Hacienda y ajusta lo cotizado. Puedes acabar pagando una diferencia o recibiendo una devolución.

Planificación antes de que caduque la bonificación

  • Revisa tus ingresos reales en los meses previos al fin de la tarifa plana. Si estás por debajo del SMI, solicita el segundo año de 80 €/mes antes de que expire el primero.
  • Actualiza tu base de cotización en Import@ss. Puedes cambiarla hasta seis veces al año para ajustarla a la evolución de tus ingresos.
  • Contempla el gasto en tus presupuestos y facturas. El salto de cuota afecta directamente a tu cash flow. Herramientas como puli.es te permiten llevar un seguimiento claro de lo que entra y lo que sale para anticiparte.
  • No descuides las deducciones fiscales. Los primeros años como autónomo son los más intensos en gastos de arranque. Revisar qué gastos son deducibles en IRPF puede compensar parcialmente el aumento de la cuota.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar la tarifa plana si ya fui autónomo hace tres años?

Sí, si han pasado más de 2 años desde tu última baja en el RETA (o más de 3 si ya disfrutaste de la bonificación en esa etapa anterior), tienes derecho a solicitarla de nuevo al darte de alta. El contador se reinicia transcurrido ese período mínimo.

¿La tarifa plana cubre también la cotización por cese de actividad?

No. Los 80 € mensuales cubren las contingencias comunes y profesionales. La cotización por cese de actividad (el "paro" de los autónomos) es voluntaria y tiene un coste adicional que se suma a los 80 €. Si quieres estar cubierto ante una baja forzosa de actividad, debes contratarla expresamente en el momento del alta.

¿Qué pasa si durante la tarifa plana gano más del SMI?

Durante el primer año de bonificación no hay penalización por superar el SMI en ingresos. La bonificación se mantiene los 12 meses completos independientemente de lo que factures. El límite del SMI solo aplica para acceder al segundo año opcional de tarifa plana.

¿Puedo solicitar la tarifa plana si me registro como autónomo societario?

En principio sí, siempre que no hayas estado dado de alta en el RETA en los últimos 2 años y la actividad de la sociedad sea nueva. Dado que la casuística puede variar, conviene consultar directamente con la TGSS o con un asesor antes del alta para evitar sorpresas.

¿La tarifa plana afecta a la prestación por incapacidad temporal?

No directamente, pero la base de cotización elegida sí influye en el importe de la prestación. Aunque pagues 80 €/mes, la IT se calcula sobre la base de cotización declarada, no sobre la cuota bonificada. Elegir una base más alta implica mayor cobertura pero no altera la cuota de 80 € durante el período de tarifa plana.

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