Qué es la tarifa plana para autónomos y cuánto es en 2026
La tarifa plana es una bonificación en la cuota de autónomos (RETA) que permite pagar una cantidad fija y reducida durante los primeros 12 meses de actividad. Está regulada por el Real Decreto-ley 13/2022, que introdujo el nuevo sistema de cotización por ingresos reales.
Importe en 2026:
- 80 € al mes durante los primeros 12 meses naturales, con independencia de tus ingresos netos reales.
- Si al terminar ese período tus ingresos netos siguen siendo inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puedes solicitar una prórroga de 12 meses adicionales a 80 € al mes.
- En total, la bonificación puede extenderse hasta 24 meses si se cumplen las condiciones de renta.
¿Cuánto ahorras? La base mínima de cotización en 2026 para autónomos con ingresos bajos es de 653,59 €/mes (tramo 1 de la tabla reducida), lo que genera una cuota mínima aproximada de 200 €/mes sin bonificación. Con la tarifa plana, el ahorro es de unos 120 € al mes, es decir, más de 1.440 € en el primer año.
Importante: La tarifa plana no aplica a la cotización por contingencias profesionales (AT/EP), cese de actividad ni formación profesional, que sí se abonan desde el primer día a su tipo ordinario.
Requisitos para acceder a la tarifa plana en 2026
Para beneficiarte de los 80 €/mes debes cumplir todos los siguientes requisitos en el momento del alta:
- Darte de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Si ya fuiste autónomo con anterioridad, se exige un período mínimo de 2 años desde la última baja en el RETA (o 3 años si ya disfrutaste de la tarifa plana en ese período anterior).
- No tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda en el momento del alta.
- No ser autónomo colaborador familiar (este colectivo tiene su propia bonificación del 50 % durante 18 meses).
- No pertenecer a una sociedad mercantil como socio con control efectivo: la tarifa plana es exclusiva para personas físicas dadas de alta directamente en el RETA.
- Estar al corriente de pago en todos tus pagos a la Seguridad Social si tienes actividades anteriores.
Sobre la prórroga del segundo año:
- Tus rendimientos netos de actividades económicas deben ser inferiores al SMI anual vigente en 2026 (1.184 €/mes en 14 pagas, pendiente de actualización oficial).
- Debes solicitarla expresamente antes de que finalice el mes 12; no se concede de forma automática.
Cómo solicitar la tarifa plana paso a paso
El proceso es más sencillo de lo que parece si sigues el orden correcto:
Paso 1 – Date de alta en Hacienda primero Cumplimenta el modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria para registrar tu actividad económica (epígrafe IAE correspondiente). Esto debe hacerse antes o simultáneamente al alta en la Seguridad Social.
Paso 2 – Alta en la Seguridad Social (RETA) Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es) con certificado digital, DNIe o cl@ve PIN. Selecciona el trámite "Alta en el Régimen Especial de Autónomos".
Paso 3 – Selecciona la base de cotización del tramo 1 Al rellenar el alta, elige la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida (653,59 €/mes para 2026). El sistema aplicará automáticamente la bonificación de tarifa plana, resultando en la cuota de 80 €/mes.
Paso 4 – Domicilia el pago Proporciona los datos bancarios para la domiciliación. La Seguridad Social cargará la cuota el último día hábil de cada mes.
Paso 5 – Conserva el justificante Guarda el resguardo de alta con fecha y hora. Si hay cualquier incidencia posterior sobre el período de disfrute, este documento es tu prueba.
Errores frecuentes que hacen perder la bonificación:
- Darse de alta en la SS antes que en Hacienda y que quede un día de diferencia.
- Seleccionar una base de cotización superior a la mínima del tramo 1.
- No solicitar expresamente la prórroga del segundo año antes de que acabe el mes 12.
- Acumular deudas con la SS durante el período bonificado (genera pérdida inmediata de la bonificación).
Qué ocurre cuando termina la tarifa plana
Al finalizar los 12 meses (o 24 si disfrutaste de la prórroga), tu cuota pasa a calcularse según el sistema de tramos por ingresos reales vigente desde 2023.
Cómo funciona el sistema de tramos en 2026: Debes elegir una base de cotización dentro del tramo que corresponda a tus rendimientos netos previstos para el año. La Seguridad Social cruza esos datos con tu declaración de la renta anual y realiza una regularización en el primer semestre del año siguiente:
- Si cotizaste por encima de lo que te correspondía según tus ingresos reales, recibirás una devolución.
- Si cotizaste por debajo, recibirás una liquidación complementaria que debes abonar.
Tramos orientativos 2026 (tabla general):
- Ingresos netos hasta 670 €/mes → base mínima 653,59 € → cuota aprox. 200 €/mes
- Ingresos netos entre 670 y 900 €/mes → base mínima 718,94 € → cuota aprox. 220 €/mes
- Ingresos netos entre 900 y 1.166,70 €/mes → base mínima 849,67 € → cuota aprox. 260 €/mes
- Ingresos netos superiores a 1.166,70 €/mes → tabla general, base desde 950,98 €/mes
Recomendación: Cuando se acerque el fin de tu tarifa plana, revisa tus ingresos reales de los últimos trimestres y ajusta la base de cotización al tramo correcto para evitar sorpresas en la regularización anual.
Compatibilidad con otras deducciones fiscales: Recuerda que la cuota de autónomos que pagas (incluso la bonificada) es un gasto deducible en tu IRPF, lo que reduce tu rendimiento neto de actividades económicas.
Preguntas frecuentes sobre la tarifa plana 2026
¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo hace 3 años? Sí, siempre que hayan transcurrido al menos 2 años desde tu última baja en el RETA (3 años si ya disfrutaste de la tarifa plana en ese período anterior). Si se cumplen esos plazos, tienes derecho a solicitarla de nuevo.
¿La tarifa plana cubre todas mis cotizaciones? No. Los 80 €/mes cubren la cotización por contingencias comunes. Las cotizaciones por contingencias profesionales, cese de actividad y formación profesional se pagan desde el primer día a su tipo ordinario (alrededor de 3-4 € adicionales al mes en los tramos bajos).
¿Puedo cambiar de actividad durante la tarifa plana? Sí. Puedes modificar tu epígrafe de IAE en Hacienda sin perder la bonificación, siempre que no causes baja en el RETA. Si causas baja y te vuelves a dar de alta, la bonificación se interrumpe definitivamente.
¿Qué pasa si tengo un mal mes y no puedo pagar la cuota? Un impago genera deuda con la Seguridad Social. Si no se regulariza en el plazo de un mes, pierdes la bonificación y la cuota vuelve a calcularse por el sistema de tramos ordinario. Además, acumulas recargos. Si prevés dificultades, actúa antes: la SS permite aplazamientos en determinadas circunstancias.
¿Es compatible la tarifa plana con el cobro de desempleo? Sí, es compatible con la capitalización del paro (cobro en un único pago). No es compatible con recibir la prestación por desempleo ordinaria de forma simultánea a la actividad autónoma, salvo en los supuestos legalmente previstos.
¿Puedo contratar trabajadores y mantener la tarifa plana? Sí. La tarifa plana no limita la contratación de empleados. No afecta a tu cotización como autónomo.
